Hablar de multas puede captar atención, pero el objetivo de una empresa no debería ser actuar por miedo: debería ser conocer la obligación, entender qué está definido y organizarse con tiempo.
La reforma laboral publicada el 1 de mayo de 2026 añadió a la Ley Federal del Trabajo una obligación patronal de registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización, y proporcionar el registro a la autoridad cuando lo solicite. El decreto también contempla una sanción para la persona empleadora obligada que incumpla esa disposición.
Hay una distinción importante: las disposiciones generales de la STPS que definirán el ámbito de aplicación y las excepciones entran en vigor el 1 de enero de 2027. Por eso, al comunicar este tema, conviene separar el contenido del decreto de los detalles que deban precisarse mediante las reglas correspondientes.
¿Qué dice la reforma sobre el registro de jornada?
La fracción XXXIV adicionada al artículo 132 de la LFT establece el deber de registrar electrónicamente la jornada laboral de cada persona trabajadora, con los horarios de inicio y finalización, y de proporcionar la información a la autoridad cuando se requiera.
El mismo texto dispone que la STPS expedirá reglas generales para determinar el ámbito de aplicación y las excepciones. También señala que el contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empleadora.
En términos operativos, esto hace recomendable revisar cómo la empresa asigna horarios, registra entradas y salidas, resuelve omisiones y documenta cambios. La empresa debe dar seguimiento a las publicaciones oficiales para determinar qué requisitos concretos le aplican.
¿Qué sanción contempla el decreto?
El decreto incorpora la fracción IV Bis al artículo 994 de la LFT, que contempla una multa de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para la persona empleadora obligada que incumpla lo previsto en la fracción XXXIV del artículo 132.
La referencia a una sanción no significa que cada empresa reciba automáticamente una multa por un error aislado, ni que sea correcto estimar un importe sin revisar el caso, la UMA aplicable, el procedimiento y las reglas correspondientes. La situación concreta debe evaluarse con asesoría legal y con base en la legislación y disposiciones vigentes.
Tampoco es correcto afirmar que comprar un reloj checador elimina por sí mismo el riesgo. Una herramienta puede ayudar a registrar y organizar información; el cumplimiento depende también de que la empresa la utilice de manera adecuada y atienda las obligaciones que le correspondan.
¿Qué falta por precisar?
El propio decreto señala que la STPS emitirá disposiciones generales para determinar el ámbito de aplicación y las excepciones. Esas disposiciones entran en vigor el 1 de enero de 2027. Por lo tanto, las empresas deben verificar la versión oficial vigente antes de definir su implementación final.
Conviene no convertir interpretaciones o rumores en requisitos obligatorios. No asumas, por ejemplo, que todas las empresas deben utilizar una marca, dispositivo o tecnología biométrica específica, salvo que una norma aplicable lo establezca expresamente.
Qué información conviene organizar desde ahora
Aunque los detalles de aplicación deben revisarse conforme a las reglas oficiales, las empresas pueden comenzar con una auditoría interna de sus procesos.
Horarios y turnos
Mantén una relación actualizada de los horarios asignados, los turnos y los cambios autorizados. Si los horarios se acuerdan o modifican, define cómo se documenta y comunica cada ajuste.
Registros de entrada y salida
Revisa si es posible consultar los horarios de inicio y finalización de la jornada de una persona para una fecha determinada. Identifica registros incompletos, duplicados o que dependan de capturas manuales.
Incidencias y correcciones
Establece qué hacer cuando alguien olvida registrar una entrada o salida, cambia de turno o reporta una incidencia. Define quién valida la corrección, qué información debe acompañarla y cómo queda constancia del ajuste.
Responsables y accesos
Determina quién puede consultar registros, quién puede modificarlos y quién aprueba las incidencias. Evita que cualquier persona pueda editar información sin un procedimiento verificable.
Comunicación con los trabajadores
Explica el proceso de registro de manera sencilla. La comunicación debe indicar cómo marcar, cómo reportar un error y a quién acudir. Una regla que nadie conoce difícilmente se aplicará de manera consistente.
Cómo prepararse sin improvisar
Primero: realiza un diagnóstico. Identifica las herramientas y formatos que utiliza cada área. Comprueba si existen registros en papel, hojas de cálculo, chats y sistemas separados.
Segundo: identifica brechas. Busca registros incompletos, falta de responsables, cambios no documentados y demoras en la revisión de incidencias.
Tercero: define el proceso objetivo. Especifica cómo se asignan horarios, cómo se registra la asistencia, cómo se aprueban las correcciones y cómo se consulta la información histórica.
Cuarto: evalúa herramientas. Compara facilidad de uso, consulta de registros, reportes, administración de turnos, controles de acceso y soporte. Revisa además las condiciones de privacidad y seguridad.
Quinto: verifica las reglas oficiales. Revisa las disposiciones publicadas por la STPS y solicita asesoría laboral para determinar su aplicación al caso concreto.
Sexto: prueba el procedimiento. Ejecuta un piloto, documenta las dudas y corrige las fallas antes de extenderlo.
Errores frecuentes al hablar de multas
- Compartir cifras sin citar la disposición legal que las establece.
- Confundir una obligación legal con una recomendación de buenas prácticas.
- Afirmar que un sistema digital garantiza el cumplimiento.
- Suponer que todos los centros de trabajo tienen exactamente las mismas condiciones.
- No actualizar el contenido cuando se publiquen disposiciones oficiales.
- Usar mensajes alarmistas como “te multarán seguro” sin contexto ni sustento.
Tres preguntas importantes.
- ¿Podemos localizar y explicar los registros de jornada sin reconstruirlos a partir de varias fuentes?
- ¿Tenemos una política para registrar y corregir incidencias, con responsables definidos?
- ¿Quién dará seguimiento a las disposiciones oficiales y traducirá sus implicaciones a los procesos de la empresa?
Conclusión: La mejor prevención empieza con procesos claros
La reforma establece una obligación de registro electrónico de la jornada y contempla una sanción para las personas empleadoras obligadas que incumplan. Al mismo tiempo, remite a disposiciones generales de la STPS para precisar el ámbito de aplicación y las excepciones. La respuesta responsable es revisar el decreto, seguir las reglas oficiales y organizar los procesos con anticipación.
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Cereza puede ayudar a centralizar la asistencia y reducir la dependencia de registros dispersos. La herramienta es parte de la preparación operativa; la empresa debe confirmar las obligaciones aplicables y mantener procedimientos claros.
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Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Las disposiciones de carácter general de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social pueden precisar el alcance de las obligaciones aquí descritas; consulta el texto vigente y a tus asesores laborales antes de tomar decisiones.
